El cargo diferido es una erogación no reconocida como costo de las operaciones del período en que se incurre, sino que se lleva adelante para eliminarla en uno o más períodos futuros. Existen cuatro tipos principales de erogaciones de esta clase:
- a) aquellas cuyos beneficios se recibirán durante un número indefinido de períodos subsiguientes
- b) las erogaciones que tienen la naturaleza de un pago por anticipado, a largo plazo, por gastos de investigación y de desarrollo, que presumiblemente habrán de beneficiar a un número bien definido de períodos futuros
- c) los gastos o costos pagados por anticipado el único tipo de cargo diferido que se clasifica como activo circulante,
- d) las erogaciones o pérdidas que no benefician específicamente a período alguno, pasado, presente o futuro.