Existe un pasivo contingente cuando, sin haber un adeudo actual, puede surgir un pasivo, generalmente como resultado de un acto o falla de pago por parte de un tercero. Por ejemplo, si un documento es descontado, no se crea un pasivo real inmediato; sin embargo, sí existe una obligación contingente porque el signatario del documento puede dejar de pagarlo y entonces el endosante puede ser obligado a efectuar el pago.
Los juicios legales pendientes, en los que la compañía sea la parte demandada, las inconformidades en controversia por pagos adicionales de impuesto sobre la renta, y las contingencias relacionadas con renegociaciones de contratos con el Gobierno, son otros tantos ejemplos de pasivo contingente.
Si hay escasa probabilidad de que llegue a crearse algún pasivo, acompañado de su correspondiente pérdida o gasto, será suficiente dar a conocer el pasivo contingente mediante una nota al pie del balance. Por el contrario, si tal probabilidad es patente, puede acreditarse una cuenta de pasivo (por ejemplo, Provisión para Posibles Pagos Adicionales de Impuesto sobre la Renta), con cargo (normalmente) a una cuenta de gastos. Como se hizo notar en las páginas 102 y 103 (en la exposición de los conceptos del superávit limpic y operaciones del período corriente), las circunstancias pudieran justificar un cargo a Utilidades no Distribuidas.