El Recibo de Depósito Administrativo, es también del tipo de depósito judicial. En este caso, es alguna autoridad administrativa la que ordena un depósito de dinero para el curso de alguna gestión.
En el caso de los depósitos en custodia, si al Banco no le consta el contenido del sobre, paquete o envoltura, expresa en el recibo tal condición con la frase «QUE DICE CONTENER», añadiendo lo que afirma el depositante; por ejemplo: «que dice contener joyas», «que dice contener monedas de oro», etc.